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Blog dedicado a información de interés en el ámbito sindical, para tod@s l@s emplead@s públicos del Ayuntamiento de Utrera.

23 de diciembre de 2016

DENUNCIA A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO POR INCUMPLIMIENTO DEL CONVENIO COLECTIVO


Una vez más nos vemos obligados a denunciar los incumplimientos del equipo de gobierno frente a la Inspección de Trabajo por la no aplicación de los derechos de los empleados recogidos en convenio colectivo. No podemos tolerar que una administración pública deje de facilitar el vestuario laboral a sus empleados, siendo en muchos casos elementos de seguridad o EPI, que están para proteger la seguridad y salud de los empleados.

Según lo dispuesto en el art. 29 del Convenio Colectivo del Personal Laboral, y en el artículo 22 del Acuerdo de Funcionarios del Ayuntamiento de Utrera, relativo a ROPA DE TRABAJO, establecen que a los trabajadores afectados por estos artículos, se les suministrará los uniformes pertinentes que se acuerden en la COMISIÓN DE VESTUARIO, y que estudiará la idoneidad de modificar el tipo de prenda, así como los tipos de prendas ofertados. La relación de vestuario queda muy clara en el ANEXO II del Convenio Colectivo, y por tanto será de aplicación hasta tanto no se proceda a la aprobación de UN REGLAMENTO REGULADOR DE VESTUARIO DE TRABAJO Y EPIS.

En el artículo 36 del Convenio Colectivo y en el artículo 29 del Acuerdo de Funcionarios disponen que para la compra de Equipos de Protección Individuales (EPIS) se consignará la suficiente dotación presupuestaria  y será el Comité de Seguridad y Salud el órgano qué  determine qué protecciones son las más adecuadas para cada tipo de trabajo específico.

El artículo 17 de la LPRL dice muy claro que el empresario deberá proporcionar a sus trabajadores equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velar por el uso efectivo de los mismos.

En la plantilla de este Ayuntamiento hay un porcentaje muy elevado de personal de oficios (albañiles, fontaneros, herreros, jardineros, seguridad vial, pintores, electricistas, mantenimiento) y que su vestuario propiamente dicho pasa por ser un elemento EPI, por ser ropa con bandas de alta visibilidad, ya que por la naturaleza de su trabajo suelen estar la mayor parte del tiempo en la vía pública, exponiéndose al tráfico rodante. 

Desde el año 2007, desde el Comité de Empresa se ha denunciado repetidamente al Ayuntamiento frente a la Inspección de Trabajo, por los motivos anteriormente descritos, y que sólo en visitas de esta Inspección a este Ayuntamiento ha comprobado la veracidad de nuestras denuncias, y acto seguido el Ayuntamiento ha acometido las indicaciones de dicha Inspección de manera discreta para evitar sanciones, pero que luego OLVIDAN sus obligaciones respecto a los derechos de los trabajadores por la no aplicación del convenio colectivo.  

El vestuario correspondiente a 2016 para la mayoría de los empleados  públicos, ni siquiera ha salido a concurso a la fecha de este escrito, ni se ha tenido en cuenta a los representantes de los trabajadores para llegar a acuerdos en la entrega. Cabe recordar que el pliego de condiciones técnicas y su correspondiente retención de créditos llevan meses guardado en un cajón, advirtiéndose  en repetidas ocasiones a los responsables políticos la obligatoriedad de la entrega de dicho vestuario, dando por respuesta “estamos en ello”.

Hasta la fecha actual el vestuario correspondiente a 2016 ni se tiene intención de entregar.

Como bien dice el artículo 29 del Convenio Colectivo, el Ayuntamiento suministrará cada año, y SIEMPRE COINCIDIENDO EN EL MES DE FEBRERO, los uniformes pertinentes tanto de invierno como de verano.

Hasta la fecha el Comité de Seguridad y Salud NO TIENE ASIGNADO ningún presupuesto para todo vestuario que tenga denominación de elemento EPI. 

Tampoco se ha vuelto a reunir la COMISIÓN DE VESTUARIO como así consta en el artículo 29 del Convenio Colectivo, para tratar el vestuario de este año.

Aún no se ha aprobado un Reglamento regulador de la ropa de trabajo, aún habiendo presentado desde esta sección sindical en multitud de ocasiones una propuesta de dicho reglamento.

Queremos exigir de una vez por todas que se tomen las medidas oportunas y efectivas en este asunto, ya que aparte de afectar a todos los trabajadores, se está ninguneando a los representantes de los trabajadores y a la propia Inspección de Trabajo.

Por todo ello hemos hecho escrito de denuncia a  Inspección de Trabajo de Sevilla ante el incumplimiento de este Ayuntamiento en esta materia, haciendo responsables directos a la Presidenta de la Comisión de Vestuario, Presidenta del Comité de Seguridad y Salud, y Delegada del Área de Recursos Humanos y Desarrollo Estratégico,  y al Delegado de Obras y Servicios Operativos,  por incumplimiento del Convenio Colectivo y Acuerdo de Funcionarios del Ayuntamiento de Utrera, y por incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, todo ello por los artículos antes mencionados, y que por tanto y debido a que durante todo este tiempo se nos ha estado ninguneando en todos los modos posibles, para que la Inspección de Trabajo proceda a extender acta de infracción, con propuesta de sanción, en esa materia.

¡¡ PORQUE CON LA VIDA DE LOS TRABAJADORES NO SE PUEDE JUGAR !!

Toda la documentación en el siguiente ENLACE


14 de diciembre de 2016

NUEVA IMPOSICIÓN DEL EQUIPO DE GOBIERNO EN LA MESA GENERAL DE 14-12-2016


Atónitos y estupefactos nos hemos quedado en el día de hoy en la Sesión de la Mesa General de Negociación, que más bien debería llamarse Mesa de Dar Cuenta, o del Decretazo, ya que intentan imponer sus criterios, incluso cuando no les corresponde.

En el punto 2º del Orden del Día llevaban una propuesta de nombramientos de los miembros de la Comisión de Consulta para la reordenación del premio de jubilación, que previamente no habían solicitado a las secciones sindicales. Desde la sección sindical de UGT, se propone la sustitución de un delegado sindical por otro, a la que se opone la Presidenta de la Mesa, como si ese nombramiento fuera de su competencia.

Ante tal tropelía y abuso, tenemos que manifestar que cada uno manda en su casa y decide lo que estima oportuno y que no vamos a consentir ese autoritarismo, ya que los miembros de cada órgano, comisión, mesa, etc, son nombrados por sus legítimos representantes, como normas básicas del funcionamiento democrático, que parecen desconocer.

En el punto 5º del citado Orden del Día, llevaban “Dar cuenta a la empresa de la adjudicación de un contrato para el Servicio de Gestión de presencia del personal al servicio de la Corporación”. Siendo las materias referentes a jornadas, permisos, calendario laboral, materia de negociación, adjudican un contrato sin informar del contenido del mismo, desconociendo las secciones sindicales si tal contenido se adecua a los vigentes Acuerdos de Funcionarios y Convenio Colectivo. 

Ya el anterior equipo de gobierno intentó imponer este control, al cual no nos oponemos, siempre que se haga respetando los derechos, garantías de los empleados públicos, y con la previa negociación colectiva obligatoria.

En definitiva, este equipo de gobierno, sigue instalado en la IMPOSICIÓN, EN EL ORDENO Y MANDO Y EN ESTO ES LO QUE HAY, ante lo que utilizaremos todos los medios disponibles en el Estado de Derecho, para luchar contra estas prácticas autoritarias.

Seguiremos informando.


EL PLENO APRUEBA LA MODIFICACIÓN DE LA PLANTILLA MUNICIPAL Y RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO SIN ACUERDO ALGUNO CON LOS SINDICATOS.


En el Pleno extraordinario celebrado el día 09 de noviembre de 2016, el equipo de gobierno local ha aprobado por mayoría, la modificación de la Plantilla Municipal y la Relación de Puestos de Trabajos del Ayuntamiento de Utrera.

Destacar además, que esto se ha llevado a Pleno sin el apoyo de NINGUNO DE LOS SINDICATOS CON REPRESENTACIÓN EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN.

Desde la sección sindical de UGT lamentamos que este gobierno “de los utreranos”, pero no de los empleados públicos de este Ayuntamiento, haya impuesto sus criterios -una vez más- en materia de organización de los puestos de trabajo siempre de manera unilateral, echando por tierra el significado de la buena fe negocial, siendo esta la tónica general desde que están gobernando a raíz de las últimas elecciones municipales.

Todas las secciones sindicales hemos manifestado estar en total desacuerdo con la propuesta de creación y modificación de los puestos y /o plazas , porque entendemos que no está justificada la creación de esas plazas/puestos cuando existen otras prioridades en este ayuntamiento; por lo que queda claro que la creación de estas plazas de Técnicos es una IMPOSICIÓN de este equipo de gobierno, y pone también de manifiesto la incapacidad de éste para llegar a un consenso con los sindicatos, existiendo un clima de crispación instaurado en todas las negociaciones y una general decepción e insatisfacción de los empleados municipales.

Estamos ante una destrucción de empleo público de las categorías más desfavorecidas, pues estas decisiones definen muy bien hacia donde quiere avanzar este equipo de gobierno de “izquierdas”, y no es otro que seguir privatizando los servicios municipales, donde hacen todo lo contrario con lo acordado en el pacto de las 100 medidas de gobierno municipal del Ayuntamiento de Utrera. 

“18. Desde la óptica de los dos partidos que acuerdan este programa la gestión de los servicios municipales y de los recursos naturales se debe realizar de forma preferente en base a        la gestión pública; estudiaremos de forma paulatina la posible remunicipalización de aquellas         prestaciones que actualmente están privatizadas.

Por otro lado, nos planteamos las siguientes cuestiones:

- ¿Cómo es posible que la corporación proponga esos nuevos puestos de Técnicos sin haber pasado por la MESA TÉCNICA DE VALORACIÓN, que tiene un Reglamento de funcionamiento plenamente vigente y es la encargada de valorar los puestos en función a lo que se pretende de ellos?
- ¿Qué funciones y/o responsabilidades tendrán estos cuatro TAG A1 que salen con un específico inicial de 1650 puntos? 

- ¿Tendrán las mismas funciones que los Técnicos Superiores existentes? (1800 puntos) 

- ¿Estarán al mismo nivel en grado de responsabilidad que los Directores de Área? (1975 puntos) 

Según nuestras cuentas, la amortización de las cuatro plazas propuestas pasa por las siguientes cantidades:

Amortizaciones:
Limpiadora:               23.000 €  *
Aux. Administrativo:   27.000 “
Policía Local:              36.000 “
Encargado Fontanero: 35.000 “
                Total:  121.000 €

* Sin trienios, sueldos de base

Creación Plazas:
TAG Área Bienestar Social:  52.770 € *
TAG Área Obras Serv. Operat.:    52.770 “
TAG Área Humanidades:   52.770 “ 
TAG Área Contratación.              52.770 “
                              Total:...211.080 €

               Incremento anual:..90.080 €

Solo nos queda decir, que utilizaremos todos los medios que la ley pone a nuestra disposición y alcance, para denunciar estas prácticas caciquiles, y evitar en todo caso que se incumplan los principios fundamentales en el derecho a la información y a la negociación colectiva como nos corresponde tanto desde la Constitución Española, así como el Estatuto de los Trabajadores, Estatuto del Empleado Público y Convenio Colectivo de aplicación, por mucho que se empeñen en cercenarlos.


28 de noviembre de 2016

Boletín de Empleo nº 7 FeSP UGT Andalucía


Remitimos Circular informativa nº 45 correspondiente al Boletín de Empleo nº 7 que se ha elaborado por parte de FeSP UGT Andalucía.

Enlace al Boletín de Empleo



Campaña-Temporal o Interin@, tienes derecho


Remitimos Circular Informativa nº 47 sobre la Campaña que UGT ha puesto en marcha para que los/as trabajadores/as temporales e interinos puedan reclamar su derecho a la misma indemnización que los/as trabajadores/as fijos/as cuando finalizan su contrato.



Imposición en la modificación de plantilla y relación de puestos de trabajo a adjuntar al Presupuesto General 2017 Ayuntamiento de Utrera


El pasado 23 de noviembre, en el seno de la Mesa General de Negociación, para tratar la modificación de plantilla y relación de puestos de trabajo a adjuntar al Presupuesto 2017, nuevamente tuvimos que soportar todos los sindicatos LA IMPOSICIÓN de  este equipo de gobierno. Para esta corporación, el espíritu de buena fe en la negociación, adolece de significado alguno, imponiendo sólo sus propuestas de manera definitiva como si ello fuera sólo un trámite de información a dicha mesa, despreciando y minusvalorando el objeto de la Mesa General de Negociación.

No es por tanto una propuesta de negociación y consulta, sino una imposición de los criterios e intenciones que este gobierno toma de manera unilateral, sin ningún criterio  ni justificación, tanto de necesidad como económico, adoleciendo además de los requisitos formales pertinentes.

Es totalmente inaceptable que a costa de amortizar plazas y puestos de categorías más bajas, todas necesarias y plenamente justificadas en su unidad de origen, decidan "mutilarlas" de la plantilla municipal, para crear con dichas amortizaciones las plazas de 4 Técnicos Superiores y 1 Técnico Medio , a lo que sumado a las plazas que impusieron en la oferta pública del año en curso -aprobada por Decreto- ( 1 Técnico Superior + 2 Técnicos Medios) hacen la nada despreciable cifra de OCHO TÉCNICOS de los grupos A, a costa de una Limpiadora, un Auxiliar de Biblioteca, un Conductor, un Operario, un Almacenista, un Auxiliar Administrativo, un Jefe de Fontanería, un Policía Local, Un Subinspector Policía, con la consiguiente diferencia retributiva.

Si con esta pretensión de crear todas estas  plazas de Técnicos,  para que asuman parte del trabajo de los Concejales de las áreas destinadas a estas plazas, y que están dotadas presupuestariamente de las amortizaciones de otras de inferior categoría y por tanto de menor retribución económica, queda claro que hay que aumentar considerablemente el presupuesto de dicho capitulo de gastos, por lo que  cabria preguntarse (todo ello para economizar gastos superfluos) si es necesario mantener las concejalías de dedicación exclusiva y/o parcial, que alcanzan la suma anual de 554.857, 14 €. En este caso entendemos que sobran Concejales con dedicación exclusiva y/o parcial, y que si parte de su trabajo lo desarrollarán los Técnicos que han propuesto, quizás debieran "amortizarse" al menos cuatro concejalías, para compensar las creaciones de las plazas ofertadas y que las funciones políticas  la absorban el resto de concejalías. 

Por otro lado, dentro del orden del día,  para la contratación "temporal" sin plaza alguna de interinos por períodos de seis meses, según necesidades a cubrir, pretenden y sin fundamento alguno, retribuir de forma distinta (con los límites más bajo de la escala) al  resto de funcionarios interinos simplemente por ser distintos los motivos de su nombramiento. A ello le sumamos que se pretende una  excepcionalidad para la contratación de estos funcionarios a través de una oferta genérica de empleo ¿¿??, no entendiendo la parte sindical qué fundamento tiene este tipo de contrataciones "según necesidades" si por otro lado se están amortizando plazas, que supuestamente ya no son efectivas.

Por tanto, desde esta sección sindical, lamentamos que este equipo de gobierno tome estas decisiones, entre otras, de manera siempre impositiva y unilateral (pues no consiguen acuerdos ni consensos) todo ello sin contar con la aprobación de NINGÚN SINDICATO CON REPRESENTACIÓN EN ESTE AYUNTAMIENTO en ninguna de las cuestiones o propuestas presentadas en el seno de la negociación colectiva.

Propuesta presentada por UGT a la mesa de negociación en este ENLACE

16 de septiembre de 2016

UGT alerta de que "la hucha de las pensiones" estará vacía en verano de 2017 y anuncia movilizaciones


Desde UGT se ha alertado este jueves de que 'la hucha de las pensiones' estará vacía en verano de 2017 y ha anunciado que habrá movilizaciones antes de que se acabe este año.

Así lo han anunciado en rueda de prensa el secretario general de UGT Madrid, Luis Miguel López Reíllo, y la secretaria general de Políticas Sociales, Empleo y Seguridad Social de UGT, Carmen Barrera.

Barrera ha incidido en que pese a que el "sistema de pensiones es sostenible" lo que no funciona son las políticas del Gobierno. Es por ello que, desde el sindicato, se apuesta por derogar la reforma laboral, contar con sueldos dignos y porque las pensiones salgan de los impuestos.

"El gasto medio en pensiones en España está de media entre 12 y 13 puntos porcentuales por debajo de la media europea. Sin embargo, de aquí a 2060, debido a la reforma del sistema de pensiones del PP, ese gasto todavía va a decrecer, en un momento en el que probablemente el número de pensionistas va a pasar de 8 millones a 15", ha asegurado el secretaria de Seguridad Social.

Además, Barrera ha tildado al Gobierno de "irresponsable" con el fondo de reserva, porque "ha bajado de 65.000 millones en 2008 a 24.000 ahora". En este sentido, ha insistido en que el no se asume el "compromiso con las pensiones, con la revalorización, con la pérdida de poder adquisitivo, con la calidad de los pensionistas y con el futuro de los pensionistas".

Por ello, para UGT es "urgente" un cambio de la situación. López Reíllo ha anunciado que el sindicato tiene previsto acudir a movilizaciones antes de que acabe el año, en las que también contemplan reivindicaciones por la 'Ley Mordaza', el TTIP o la reforma laboral.

En cuanto a los datos madrileños, el secretario general del sindicato en la región ha señalado que los más de un millón de pensionistas de la Comunidad perciben 1070 euros de media, mientras que la pensión media del país se sitúa en 905 euros. "Los datos están un poco mejor pero no es suficiente".

  • El 66% de los pensionistas en España no llega a 'mileurista'
  • Las cotizaciones no llenan ya la caja de las pensiones


26 de agosto de 2016

ACTUACIONES A RAIZ DE LA COMUNICACION DE RIESGOS DE LA TALA DE ARBOLES EN TRAJANO


Habiéndose efectuado comunicación a los responsables de este Ayuntamiento (Alcaldía, Delegado de Pedanías, Delegado de Parques y Jardines, Presidenta Comité de Seguridad y Salud) por la grave situación de riesgo grave e inminente, que han sufrido los peones de la pedanía de Trajano, tras serle ordenada la tala de una veintena de arboles en la citada población (no hay que olvidar que son peones y que ni siquiera pertenecen a la delegación de Parques y Jardines) y comprobados los hechos y contrastadas las manifestaciones de los trabajadores afectados y de los responsables políticos, esta sección sindical manifiesta lo siguiente:

Al margen de las actuaciones que efectúe la Inspección de Trabajo, tras la puesta en conocimiento de los hechos por los delegados de prevención y cuya resolución deberá ser notificada a este Ayuntamiento, no podemos dejar pasar por alto la responsabilidad en la que han incurrido quién o quiénes supuestamente arrogándose facultades de mando (que no les corresponde según la organización municipal y la nueva RPT) y amparado en el criterio de otro empleado de superior categoría, han ordenado la ejecución de las tareas de tala, aprovechando el período vacacional y presuntamente a espaldas de los responsables políticos, actuando de forma unilateral y poniendo en grave peligro la seguridad y salud de unos empleados municipales.

Ante esta situación, la presidenta del Comité de Seguridad y Salud, consecuentemente, nos consta que de forma verbal ha ordenado la inmediata paralización de la actividad, ante el riesgo grave e inminente, y hasta tanto no se aclare quien asume la responsabilidad de tales actuaciones y a qué delegación corresponderá junto con el personal adecuado y/o cualificado, la realización de dichas tareas de corte y tala del resto de arboles marcados que supuestamente están enfermos, todo ello a propuesta de los delegados de prevención.

Ante la gravedad de los hechos y al margen de lo que resuelva la autoridad laboral, como indicamos en el párrafo segundo, esperamos que internamente se depuren responsabilidades y se tomen las medidas disciplinarias que se deriven, si procedieran, tras la apertura de los correspondientes expedientes; que no dudamos (o sí) se abrirán; siendo lamentable y sentando un precedente muy grave, si así no ocurriera. Pues, ¿qué hubiera pasado en caso de un accidente grave o mortal de estos compañeros? ¿Quién asumiría la responsabilidad? 

Con independencia de lo anterior, debemos reflexionar también sobre cuál ha sido el procedimiento administrativo seguido para realizar la tala de los citados arboles, pues según manifiestan los responsables políticos, no tienen constancia de la existencia de los informes técnicos previos y preceptivos que amparen dicha actuación, ni han dado la autorización alguna para efectuarla. Tratándose de una Administración Pública, como es este Ayuntamiento, nos parece lamentable y grave que no se aplique la legalidad en estos asuntos, por quienes son los responsables de garantizar la misma y sí exigirla a los administrados, que necesitan una licencia de obras, con sus correspondientes informes para poder talar cualquier árbol.

19 de agosto de 2016

BOLETIN UGT PRL "PUDO HABERSE EVITADO" Nº 4 - ACCIDENTE MORTAL AL CAER UN ARBOL Y GOLPEAR A UN TRABAJADOR


Os facilitamos nuestro boletín número 4, referente a ACCIDENTE MORTAL AL CAER UN ÁRBOL Y GOLPEAR A UN TRABAJADOR.

Con esta intención, que es meramente informativa, esperamos que os puedan ser de utilidad todos estos contenidos, todo ello con el objetivo de facilitar a los empleados y a la propia Corporación un mejor conocimiento de los riesgos y como prevenirlos.

Enlace al boletín picando en la imagen 


18 de agosto de 2016

COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD. COMUNICACIÓN DE RIESGOS POR LA TALA DE ÁRBOLES EN LA PEDANÍA DE TRAJANO


Los delegados de prevención de UGT del ayuntamiento de Utrera, ponen en conocimiento de Alcaldía, delegación de Parques y Jardines, delegación de Política Territorial, y Presidenta del Comité de Seguridad y Salud,  el siguiente comunicado de riesgos que afecta a la salud y seguridad de los empleados del Ayuntamiento:


1º) Que con ocasión de visitas de inspección a los lugares de trabajo  para comprobar que se cumplen los requisitos  en materia de prevención de riesgos laborales en los trabajos que se realizan en la pedanía de Trajano, hemos podido comprobar que se están talando árboles de manera indiscriminada en el patio del colegio de Trajano, además de otra arboleda perteneciente a los exteriores, en este caso la mayoría son pinos (Se adjuntan fotografías).

Hemos detectado que hasta la fecha se han talado más de veinte arboles, (se esperan talar más de 70) donde en ningún momento hemos podido comprobar si se está cumpliendo con la normativa municipal para la tala de estos árboles con los permisos adecuados. Lo que nos ocupa en este caso, al margen que sea legal o no dicha tala indiscriminada, en este caso supuestamente autorizada tanto por un empleado técnico municipal así como por un cargo político de confianza sin ningún criterio en la materia, y supuestamente con el visto bueno del concejal de Política Territorial al mando, es la seguridad y salud de los trabajadores municipales y la situación lamentable en dicha materia que se está llevando a cabo por negligencia política. 

Esta tala se está llevando sin ningún tipo de control, sin medios apropiados en seguridad o epi individual o colectivo, sin ninguna formación de los empleados que están realizando dicho trabajo en el manejo de maquinaria, y además todo ello realizando trabajos en altura ya sea podando o talando. Lo están realizando personal no autorizado para ello, ya que sus puestos o funciones no requieren de esa cualificación en cuestión.

Este cometido deben realizarlo personal cualificado, como son los oficiales de la delegación de Parques y Jardines, o empresa contratada para tal fin, y no llevado a cabo por peones de pedanías, donde sus funciones son menos cualificadas, debido a las funciones típicas e inherentes al puesto.

Cabe recordar que este personal de pedanías, tiene funciones muy limitadas en este campo, ya que pertenecen al mantenimiento general de los edificios y vía pública de la pedanía, entre otras funciones cabe destacar:


Bajo la directa supervisión de personal de mayor cualificación técnica, trabajos relacionados con el mantenimiento de instalaciones de jardinería.

Realización de todo tipo de trabajos sencillos, relacionados con el oficio ostentado, con un suficiente conocimiento del mismo, utilizando para ello los medios y equipamiento adecuados.

Tareas auxiliares al resto del personal de jardinería, de mayor cualificación.

Limpieza de jardines y sus accesos, así como papeleras y fuentes sitas en el jardín.

Trabajos de desbroce de cuadros y recogida de hojas, mulching invernal. Trabajos sencillos de reparación, en las instalaciones a su cargo, con la adecuada supervisión de personal de mayor cualificación.

Riego de plantas.

Corte, abonado y riego de céspedes.

Transporte de material y equipos, utilizando para ello los medios adecuados.

Control, conservación y limpieza del material a su cargo.

En general, cualesquiera otras tareas afines a la categoría del puesto y semejantes a las anteriormente descritas, que le sean encomendadas por sus superiores jerárquicos y resulten necesarias por razones del servicio.

Las bases generales  (BOP 173, de 26/07/2012) por la que regía la convocatoria de  Peón de Mantenimiento de Trajano y pedanías aportaban en el anexo I el  siguiente temario:

Anexo I
Denominación de la plaza: Peón Mantenimiento Trajano.
Oferta Empleo Público: 1998.
Escala, Subescala, Clase y Categoría: Escala de Personal
laboral, Subescala de Personal de Oficios Diversos, Categoría Peón.
Grupo de clasificación: E


Temario Específico

Tema 3.— Albañilería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Aglomerantes (yeso, cemento, cal: definición). Áridos, ladrillos: definición y tipos. Aglomerados  (morteros simples, hormigones en masa y hormigones armados).
Tema 4.— Electricidad: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales.
Tema 5.— Jardinería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Partes básicas de las plantas: tallo, raíz, hojas y flor. Procesos básicos de las plantas   (respiración, fotosíntesis, transpiración). Conocimientos básicos de tipos de injertos, acodos y esquejes.
Tema 6.— Limpieza: tareas desarrolladas por el peón. Útiles, productos y herramientas manuales  para la limpieza. Pintura: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales.
Tema 7.— Carpintería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales.
Tema 8.— Fontanería: tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales. Herrería:  tareas desarrolladas por el peón. Útiles y herramientas manuales.
Tema 9.— Averías y reparaciones elementales en los distintos servicios. Manejo de maquinaria          y utensilios. Reparaciones de emergencia.
Tema 10.— Los derechos constitucionales de los empleados públicos. Políticas de promoción       de  la paridad de género en las Administraciones Públicas. La prevención de riesgos laborales en          el puesto.”

Por tanto, queda bastante claro, que este personal no tiene  la cualificación necesaria para llevar a cabo estas tareas fundamentalmente pertenecientes a la Delegación de Parques y Jardines.

2º) Que la ejecución del trabajo en las condiciones anteriormente descritas, genera una situación de riesgo grave e inminente para los trabajadores que tienen que realizarlo, no habiéndose adoptado por el Ayto., hasta el momento, las medidas necesarias para garantizar la salud y la seguridad de los trabajadores. 

3º) Que no ha sido posible reunir con la urgencia que la situación requiere al órgano de representación del personal, siendo éste el comité de seguridad y salud, debido a las vacaciones de casi todos sus miembros.

4º) Amparándonos en lo establecido en el art. 21.3 de la Ley 31/95 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales, hemos tomado el acuerdo, por decisión mayoritaria de los Delegados de Prevención de paralización de la actividad de los trabajadores afectados. 

5º) Dicha paralización persistirá hasta la subsanación de las condiciones generadoras de situación de riesgo grave e inminente o por su anulación por parte de la autoridad laboral, a la que, con esta fecha, se le traslada la decisión adoptada a los efectos oportunos.


Normativa aplicable:

• Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales 
• Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud    relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual. 
• Real Decreto 2177/2004, de 12 de noviembre, por el que se modifica el Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo, en materia de trabajos temporales en altura. 
• REAL DECRETO 1215/1997, de 18 de julio por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. 
• Normas UNE.
• Notas técnicas de prevención INSHT.







15 de julio de 2016

Condenamos TODOS los atentados

Desde la sección sindical de UGT en el Ayuntamiento de Utrera condenamos rotundamente todos los atentados terroristas que se producen, prácticamente a diario, en todas partes del mundo, sin distinción de quién y donde los comete.


Acreditaciones Profesionales 2016

Si necesitas obtener una Acreditación Oficial relacionada con tus competencias profesionales aquí tienes las posibles para este año:

Andalucia acredita 2016

15 de junio de 2016

BOLETÍN INFORMATIVO TRIMESTRAL SECCIÓN SINDICAL UGT Nº 2


En este boletín informativo, siendo el número dos, queremos plasmar o incluir lo más relevante sobre lo acontecido en líneas generales por nuestra actividad sindical, y siempre en la materia que nos compete, es decir, los derechos de los emplead@s de este ayuntamiento. Los acuerdos alcanzados, las peticiones pendientes, denuncias , notas de prevención y salud laboral, etc, tendrán cabida en este espacio que dedicaremos  de carácter trimestral.

Para esta ocasión, la editorial está dedicada al balance del primer año de gobierno municipal y nuestra queja sobre los recortes en derechos laborales que se vienen produciendo  y las trabas y dificultades que se está poniendo a la labor sindical. En lo concerniente a los derechos laborales , recordamos  las normas para participar en las elecciones convocadas para el 26 de junio sobre permiso retribuido. 

Enlace al boletín picando en la imagen 



20 de mayo de 2016

La privatización nos sale cara

Que la privatización de los Servicios Públicos nos sale cara es algo que no necesitamos que nadie nos diga, lo sabemos de sobra, aunque nos quieran vender siempre lo contrario, claro está, por parte de los políticos de turno.

Sobre esto hay estudios realizados a nivel europeo, como el que nos comentan en este artículo:

Remunicipalización, esa es la cuestión


Ya hay muchos ayuntamientos en España que están remunicipalizando servicios que en otro tiempo fueron privatizados o externalizados, con el consiguiente ahorro para las arcas municipales.
Esta cuestión, que no es la primera vez que traemos aquí, era uno de los puntos que el actual equipo de gobierno municipal PSOE-IU llevaban en sus programas electorales. Como del dicho al hecho siempre hay un trecho, aquí, de momento, no hemos visto ninguna remunicipalización de ningún servicio de los que en su día se externalizaron, léase Profesorado de los Cursos de la Casa de la Cultura, Mantenimiento de Instalaciones Deportivas, etc.

Como muestra de lo que decimos aquí tenéis algunos artículos:

Ayto de Cabrils

Limpieza viaria privada mas cara que municipal

El agua sale mas cara cuando se privatiza

Bruselas exige a España mas recortes, otra vez

Por si no se hubieran realizado pocos, y por si estos no hubiesen sido desastrosos para la economía de las clases medias y bajas de nuestro país, ahora Bruselas dice querer mas, en concreto 8.000 millones de euros mas en dos años.

Pero ahí no queda la cosa, nos enfrentamos también a una posible multa de 2.000 millones de euros, decisión que de momento queda aplazada hasta el paso de las próximas elecciones generales.

Y la pregunta es (aunque sabemos la respuesta), ¿quién va a soportar las consecuencias de los recortes y la multa? Exacto, nosotros, los ciudadanos en general y los empleados públicos en particular, y si no, al tiempo....

Mas información aquí


28 de abril de 2016

la Junta de Andalucía oferta un total de 8.108 empleos públicos en 2016 con nueva convocatoria de 1.742 para Administración General


La Junta de Andalucía va a ofertar este año un total de 8.108 plazas de empleo público, "la mayor oferta que va haber en toda España", a la que se suma la nueva Oferta de Empleo Público para la Administración General para 2016 aprobada este martes por el Consejo de Gobierno con 1.742 puestos, de los que 748 serán de acceso libre y 994 de promoción interna.

Respecto a la Administración General, a Junta convocará este año un total de 2.730 plazas, correspondientes a los procedimientos selectivos de 2015 y 2016, así como a los puestos de personal laboral de 2009 que quedaron bloqueados por la legislación estatal de estabilidad presupuestaria. El Consejo de Gobierno ha aprobado la Oferta de Empleo Público de 2016, con 1.742 puestos (748 de acceso libre y 994 de promoción interna).
La cifra aprobada supone llevar al 100% la tasa de reposición de efectivos establecida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016 en los cuerpos y especialidades considerados esenciales para el funcionamiento de los servicios públicos, mientras que para el resto de los sectores el límite máximo será del 50%.
La oferta, que ha sido negociada con las organizaciones sindicales representadas en la mesa sectorial y en la comisión del convenio laboral, se concentra en áreas como la lucha contra el fraude fiscal, laboral y de subvenciones públicas; el control de la asignación eficiente de recursos públicos y el asesoramiento jurídico. Además, se incorporan puestos vinculados a la investigación y desarrollo científico y tecnológico, el acceso a la información, la salud pública y la atención a sectores sociales vulnerables.
El 7% de los puestos se destina a personas que acrediten una discapacidad igual o superior al 33%. De esta reserva, un 5% corresponde a discapacidad física, psíquica y sensorial y el 2% restante para intelectual.
De las 748 plazas de acceso libre aprobadas para este año, 524 serán para funcionarios y 224 para laborales. Dentro de las primeras, la distribución es la siguiente: 60 para el Cuerpo Superior de Administradores Generales (grupo A1.1100); 51 para Administradores de Gestión Financiera (A1.1200); 122 para los Cuerpos Superiores Facultativos; 5 para Letrados de la Junta (A1.3000); 5 para el Cuerpo Superior de Inspectores de Territorio, Urbanismo y Vivienda (A1.6000); 80 para el Cuerpo de Gestión Administrativa; 71 para los Cuerpos de Técnicos de Grado Medio; 60 para el Cuerpo General de Administrativos (C1.1000); 20 para Agentes de Medio Ambiente (C2.2100), y 50 para Auxiliares Administrativos (C2.100).
Por su parte, las 224 plazas para personal laboral se destinan a todos los grupos, de forma que 10 serán para el Grupo I (psicólogos y médicos); 15 para el II (diplomados en Enfermería, Trabajo Social y Educación Infantil); 70 para el III (monitores escolares, técnicos en Educación Infantil, Integración social y Dirección de Cocina); 44 para el IV (auxiliares de cocina y enfermería y oficiales de segunda de oficios), y 85 para el V (personal de limpieza y alojamiento, servicios generales y restauración). Estos puestos se concentran en sectores vinculados a la prestación de servicios esenciales como la salud, la educación y la asistencia social.
Finalmente, de las 994 plazas previstas de promoción interna, 744 se destinan a favorecer la carrera profesional de los funcionarios a través del acceso a cuerpos superiores, mientras que 130 son para el personal laboral y otras 120 para promoción cruzada.
Esta oferta para 2016 se acumulará en una única convocatoria a las 540 plazas de la de 2015 y a las 448 de personal laboral pendientes de 2009, cuyos procedimientos selectivos fueron bloqueados por la aplicación de la legislación estatal de estabilidad presupuestaria. De este modo, los puestos convocados este año alcanzarán la cifra total de 2.730.
 OEP de la Administración General de la Junta para 2016 en  el siguiente ENLACE

8 de abril de 2016

EL AYUNTAMIENTO INCUMPLE UN REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD LABORAL


Tras la denuncia efectuada por la Sección Sindical de UGT y por el Comité de Empresa el  pasado 22-12-2015 a la Inspección de Trabajo, por vulneración de varios artículos del vigente Convenio Colectivo (artículos 18, 34, 51 y 56) y una vez comparecidas las partes en las dependencias del citado organismo (el 10-02-2016), expuestas las distintas interpretaciones de los artículos en liza, el Inspector actuante resuelve lo siguiente:

“Una vez expuestas las posiciones de ambas partes, el Inspector de Trabajo que suscribe concluye que las citadas normas paccionadas se vienen incumpliendo, total o parcialmente, sistemáticamente por parte del Ayuntamiento, razón por la que, en virtud de lo dispuesto en el art. 22-2 de la Ley 23/2015 de 21 de julio Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, ha practicado requerimiento, mediante diligencia en el Libro de Visitas, para que:

1.- Conforme a lo dispuesto en el artº 18 del Convenio colectivo las horas extraordinarias se abonen o compensen con descansos siempre a elección del trabajador (y no como se venía llevando a cabo abonándolas solo a bomberos y policías y obligando al resto de colectivos a compensarlas con descansos).

2.- Conforme a lo dispuesto en el artº 34 del Convenio Colectivo en un plazo de 15 días se elabore un listado de trabajadores cuya función principal sea la conducción de vehículos a efectos del abono de los gastos que origine la renovación obligatoria de la licencia o permiso.

3.- Conforme al art. 51 del Convenio Colectivo imparta instrucciones a los Jefes de los distintos Departamentos para que comuniquen a recursos humanos los nombres de los trabajadores que realicen trabajos de superior categoría a los efectos previstos en el art. 39-2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015 de 23 de octubre por el que se aprueba el Texto refundido del la Ley del Estatuto de los Trabajadores sin perjuicio de las reclamaciones que pudieran formular los trabajadores ante la jurisdicción social.

4.- Conforme al art. 56 del Convenio Colectivo informe al Comité de Empresa de los trabajadores que sean objeto de movilidad funcional

Esta sección sindical, quiere informar a los/las empleados/as, que a día de la fecha, casi dos meses después de la comparecencia y teniendo constancia que a mediados del mes de marzo fue notificado por escrito el mencionado requerimiento, este Ayuntamiento ha hecho caso omiso al mismo, obviando lo requerido, manteniendo la vulneración de los artículos del Convenio Colectivo, arriba indicados.

Tan solo y en honor a la verdad, se ha consensuado un listado de trabajadores para el abono del permiso de conducir, pero la delegación de RR HH no ha realizado más gestiones para la materialización de ese abono.

Esta actitud por parte del Equipo de Gobierno -que pondremos de nuevo en conocimiento de la Inspección de Trabajo- evidencia la reiterada falta de respeto a los derechos de los/las empleados/as públicos municipales que vienen demostrando desde que “desembarcaron” en esta Casa, así como a la Autoridad Laboral, que puede acarrear para las arcas municipales una sanción, en aplicación del Real Decreto 928/1998 de 14 de mayo por el que se aprueba el Reglamento General sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social para los expedientes liquidatorios de cuotas de la seguridad social; que injustamente saldrá del bolsillo de todos los contribuyentes y no de los infractores.

Documentación sobre el requerimiento y la denuncia en este ENLACE 

1 de abril de 2016

BOLETIN PRL "PUDO HABERSE EVITADO" Nº2

Siguiendo con nuestra línea de trabajo sobre  campaña de sensibilización en materia de salud y prevención de riesgos laborales derivadas de nuestros puestos de trabajo, os facilitamos nuestro boletín número 2, referente a ACCIDENTE MORTAL DE UN PINTOR POR CAÍDA DESDE ESCALERA EXTENSIBLE.
Con esta intención, que es meramente informativa, esperamos que os puedan ser de utilidad todos estos contenidos, todo ello con el objetivo de facilitar a los empleados y a la propia Corporación un mejor conocimiento de los riesgos y como prevenirlos.

Enlace picando en la imagen

18 de marzo de 2016

FALTA DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y COMPETENCIAS A LOS SINDICATOS


Con fecha 10 de marzo de 2016, recibimos a través de la delegación de RR.HH. a modo de información, la propuesta para el Pleno Extraordinario y Urgente del pasado viernes 11 de marzo, para aprobar la subvención de la Iniciativa Comunitaria del Plan Emplea Joven y Plan 30+. 

Esta propuesta inicial del Ayuntamiento sobre ambos Planes, no están informadas en tiempo y forma al Comité de Empresa, ya que se les ha facilitado la documentación con menos de 24 horas a su aprobación, y por tanto no se cumple lo que establece el artículo 64 del EE.TT. que dice lo siguiente:

Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias. 
1. “El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, así como sobre la situación de la empresa y la evolución del empleo en la misma, en los términos previstos en este artículo. 
Se entiende por información la transmisión de datos por el empresario al comité de empresa, a fin de que este tenga conocimiento de una cuestión determinada y pueda proceder a su examen. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un diálogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una  cuestión determinada, incluyendo, en su caso, la emisión de informe previo por parte del mismo."

En la definición o aplicación de los procedimientos de información y consulta, el empresario y el comité de empresa actuarán con espíritu de cooperación, en cumplimiento de sus derechos y obligaciones recíprocas, teniendo en cuenta tanto los intereses de la empresa como los de los trabajadores.”

Con esto queremos comunicar  a todos los empleados municipales,  la falta de información que de manera sistemática se viene produciendo por este Equipo de Gobierno, habiéndose instalado en la confrontación y en la obstaculización de la labor sindical, que les parece molesta e innecesaria.

Más aún nos indigna, el que se filtren a los medios de comunicación noticias referentes de dichos Planes de Empleo, antes  que los propios sindicatos seamos conocedores de éstas, lo que denota además una clara provocación y abuso de nuestros dirigentes.

Respecto a los Planes que se han aprobado en el Pleno municipal, desde UGT queremos manifestar lo siguiente:

1. No ha sido consensuado con el comité de empresa ni las categorías ni la cualificación de los distintos perfiles de contratación que se requieren en todos los proyectos presentados a ambos planes de empleo. Por lo tanto, no se nos ha dado oportunidad de emitir informe al respecto.

2. Se han designado unilateralmente los grupos de cotización de las distintas categorías profesionales que se contratan en ambos Planes. En todos los casos, se han agrupado en dos grandes categorías, que son el grupo 2 (Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados) y grupo 4  de cotización (Ayudantes no Titulados). A modo de ejemplo, un Delineante,  un Programador informático, un Técnico en Informática de Gestión o bien un Administrativo, tendrán las mismas retribuciones que un Peón, una Limpiadora, un Ordenanza o un Mozo de carga y descarga. Todo ello genera una discriminación laboral respecto a la titulación exigible en los distintos puestos. 

3. A este colectivo anteriormente descrito (personal con titulación exigible) se les podía haber agrupado perfectamente en el grupo de cotización 3, con objeto de poder facilitar una retribución más acorde a la titulación.

4. Respecto al personal con discapacidad, si bien en el cómputo global de contratos, se adapta a la normativa vigente, cabe recordar que son dos planes diferenciados por edad de las personas, con más de treinta años y personal joven. Esta situación requiere que el número de contratos de personas con discapacidad sea proporcional a la subvención concedida y al número de trabajadores destinados a cada Plan de Empleo. No entendiendo aún como han formulado “las cuentas de proporcionalidad” este equipo de gobierno, se da la circunstancia que para el Plan 30+ hay destinado 16 puestos de trabajo, y sólo un puesto para el Plan Joven.

5. Para los distintos contratos de personal con discapacidad destinados al Plan 30+, se vuelve a discriminar por categorías profesionales, ya que los 16 contratos íntegramente se corresponden a personal sin cualificación, dejando sin empleo a cualquier demandante mayor de 30 años que no figure en este colectivo, máxime cuando estadísticamente es el demandante de empleo “más sufrido” en las listas del paro. Respecto a los otros grupos profesionales con titulación destinados en este plan de empleo, no figura ningún puesto por discapacidad. Por tanto, se toleran situaciones discriminatorias respecto a la categoría profesional que se contrata, de manera negativa tanto para el personal titulado como para el que no.

6. Todos los contratos que se realizan tendrán una duración de seis meses, siendo ésta una postura muy acertada por el gobierno municipal (todo hay que decirlo) y que desde esta sección sindical estamos en total acuerdo.

Por tanto:

Cabe recordar a este Equipo de Gobierno “de izquierdas”, que de seguir así esa ruta que han marcado de opacidad en la falta de diálogo, información, consulta y respeto sobre todo en las potestades que le confiere a los sindicatos, tanto en sus  derechos reconocidos constitucionalmente así como los recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, que pondremos en conocimiento de la Inspección de Trabajo y del Gabinete Jurídico de nuestro sindicato, la vulneración de los Derechos de información y  consulta y competencias así como atentar contra la libertad sindical, con objeto de hacer cumplir la ley en la materia que nos compete.

Utrera a 16 de marzo de 2016

BOLETIN PRL "PUDO HABERSE EVITADO" Nº1


Siguiendo con nuestra línea de trabajo, una de nuestras prioridades es llevar a cabo una  campaña de sensibilización en materia de salud y prevención de riesgos laborales derivadas de nuestros puestos de trabajo. Os iremos ofreciendo una serie de boletines  que la Junta de Andalucía expone en su web de Seguridad y Salud, en la que incluiremos casos de investigación de accidentes reales con el objeto de mostrar las causas evitables y las correspondientes medidas que pudieron haberlas evitado.

Con esta intención, que es meramente informativa, esperamos que os puedan ser de utilidad todos estos contenidos, todo ello con el objetivo de facilitar a los empleados y a la propia Corporación un mejor conocimiento de los riesgos y como prevenirlos.

Picando en la imagen podéis acceder a nuestro boletín nº 1 de PRL 





16 de marzo de 2016

PROPUESTA DE ENMIENDA A LA MODIFICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO PRESENTADO A LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN


Con fecha 26 de septiembre de 2014, en reunión mantenida por la Mesa General de Negociación, se acordó  la prórroga del Convenio Colectivo y la adición de una cláusula que permitiera no sufragar diferencia económica a los trabajadores contratados mediante programas de empleo subvencionados por otras Administraciones públicas.

Con misma fecha de 26 de septiembre de 2014, una vez concluida la MGN, se reúne la Mesa Negociadora del Personal Laboral, para tratar un único punto del orden del día, que es la “Aprobación de Acuerdo de Modificación y Prórroga del Convenio Colectivo. En dicho punto se acuerda prorrogar la vigencia del Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Excmo. Ayuntamiento de Utrera hasta el 31 de diciembre de 2014, o en su caso, hasta la entrada en vigor del nuevo Convenio Colectivo si se produce antes de la fecha. Se acuerda además introducir una disposición adicional undécima del Convenio Colectivo vigente que señala:

“Como consecuencia de la situación de crisis económica, el elevado índice de desempleo, y el fomento de  nuevos planes de empleo que palien dicha situación, y con el fin de no poner en riesgo la suficiencia financiera municipal y se facilite el mayor número de destinatarios de dichos planes, se regula en este artículo las siguientes normas transitorias para la determinación de las retribuciones de dichos programas.

A) Para aquellos empleados que se contraten únicamente para un programa cuyo coste esté subvencionado         por otras Administraciones Públicas y no estén incluidos en la Relación de Puestos de Trabajo, las retribuciones totales se podrán ajustar a la cuantía de la subvención concedida, correspondiéndole el sueldo base correspondiente a su grupo de clasificación y un concepto de retribución complementaria sustitutoria de los complementos de destino y específico, equivalente a la diferencia entre la cuantía subvencionada y el  sueldo base señalado.

B) Asimismo para programas de empleo subvencionados en los que la normativa laboral lo permita, y exista  la figura del alumno-trabajador, no se aplicarán los artículos referidos a salario (artículos 13 a 17) ni lo     relativo al complemento específico de este artículo. Dichos alumnos-trabajadores percibirán un salario  equivalente al salario mínimo interprofesional o el equivalente en proporción a la jornada, de conformidad   con su normativa específica reguladora.

C) Para estos contratos no se aplicarán ni los conceptos de antigüedad ni de pagas extraordinarias.

D) Esta disposición entrará en vigor para la formalización de contratos de planes que se realicen a partir de      la firma del presente Acuerdo.”

 En sesión ordinaria celebrada por el Comité de Empresa el día 29 de septiembre de 2014, se refrenda el acuerdo de la Mesa Negociadora del Personal Laboral de fecha 26 de septiembre de 2014, y por lo tanto se aprobó la prórroga del Convenio Colectivo y la introducción de la disposición adicional undécima del Convenio Colectivo citado anteriormente.

En sesión ordinaria celebrada por el Pleno de la Corporación el día 09 de octubre de 2014, en el “Punto 5º.- (160/2014).- Propuesta del Teniente de Alcalde del Área Económica, relativa a “Refrendar el acuerdo de la Mesa General Negociadora y del Personal Laboral de 26 de septiembre de 2014”. Aprobación”

Se aprueba con el siguiente criterio:
 “Analizada la propuesta del Teniente de Alcalde del Área Económica, y visto el Informe favorable de la Comisión Informativa y de Control de Asuntos Económicos, de fecha 6 de octubre de 2.014, la Corporación           por trece votos a favor y doce votos en contra (Sres./as. Villalobos Ramos, Calzón Fernández, Campanario Calvente, de la Torre Linares, Cerrillo Jiménez, Llorca Tinoco, Suarez Serrano, Casal Pereyra, León López Castro Morales del Grupo Municipal Socialista; Guirao Payán del Grupo Municipal Izquierda Unida y González Blanquero del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia)”

En sesión de la Mesa General Negociadora del día 12 de diciembre de 2014, se aprueba por unanimidad nueva prórroga del Convenio Colectivo hasta el 31 de marzo de 2015 o hasta llegar a un acuerdo definitivo sobre el mismo.
En la misma Mesa se solicita que se modifique la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA en su apartado D, del Convenio Colectivo incluyendo nuevo párrafo que dice lo siguiente:

D) “Esta disposición entrará en vigor para la formalización de planes que se realicen a partir de la firma del presente Convenio. Tendrá validez únicamente durante la vigencia de este convenio, y de manera improrrogable finalizará el 31 de diciembre de 2015, independientemente que dicho convenio sufra prórrogas posteriores.”

Con fecha 05 de marzo de 2015, esta Sección Sindical solicita una propuesta de enmienda al Convenio Colectivo vigente, para añadir a la Disposición Adicional Quinta una vigencia limitada a 31 de diciembre de 2015, todo ello debido a que ya no es necesario debido a la finalización de los planes que dieron lugar a esta modificación.

En Fecha 01 de diciembre de 2015, volvemos a reiterar la modificación e inclusión del párrafo anteriormente descrito sobre la DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA al convenio colectivo.

En sesión de Pleno Extraordinario y Urgente de fecha 11 de marzo de 2016, en el orden del día se incluye el siguiente punto:
 Punto 2º.- (042/2016).- Propuesta de la Teniente de Alcalde del Área de Recursos Humanos y    Desarrollo            Estratégico, relativa a “Proyectos de servicios y obras con destino a la Iniciativa de Cooperación Social y Comunitaria del programa Emple@Joven y Emple@30+ y solicitar a la Dirección Provincial del Servicio  Andaluz de Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta de Andalucía la         participación en la Iniciativa de cooperación Social y Comunitaria, solicitando subvención para el   PLAN EMPLE@JOVEN por importe de 1.097.400   euros y para el PLAN EMPLE@30+ por importe de 730.800 euros”. Aprobación.

Esta propuesta inicial del Ayuntamiento sobre ambos Planes, no están informadas en tiempo y forma al Comité de Empresa, ya que se les ha facilitado la documentación con menos de 24 horas a su aprobación, y por tanto no se cumple lo que establece el artículo 64 del EE.TT. que dice lo siguiente:

 Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias.
1. “El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, así como sobre la situación de la empresa y la evolución del  empleo en la misma, en los términos previstos en este artículo.
Se entiende por información la transmisión de datos por el empresario al comité de empresa, a fin de que este tenga conocimiento de una cuestión determinada y pueda proceder a su examen. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un diálogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una  cuestión determinada, incluyendo, en su caso, la emisión de informe previo por parte  del mismo.
En la definición o aplicación de los procedimientos de información y consulta, el empresario y el comité de empresa actuarán con espíritu de cooperación, en cumplimiento de sus derechos y obligaciones recíprocas,         teniendo en cuenta tanto los intereses de la empresa como los de los trabajadores.”

Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITAMOS:

Modificación del Convenio Colectivo vigente, en la  DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA en su apartado “D” para que se incluya  nuevo párrafo que diga lo siguiente:

D)    Esta disposición entrará en vigor para la formalización de contratos de planes que se realicen a partir de la firma del presente Acuerdo. Tendrá validez únicamente durante la vigencia de este convenio, y de manera improrrogable finalizará el 31 de diciembre de 2015, independientemente que dicho convenio sufra prórrogas posteriores.

Cabe recordar que ningún ayuntamiento de Andalucía que se haya acogido a estos planes de empleo, hayan tenido que acordar por convenio colectivo las retribuciones a este colectivo de empleados, que si bien deja claro en el contenido de las bases de dichos planes, se establecen unos criterios máximos de subvención dependiendo de la categoría a la que pertenece el trabajador/a contratado.

Entendemos que este equipo de gobierno (PSOE- IU) será coherente con la postura mantenida en el pleno del 09  de octubre de 2014, cuando votó en contra de la propuesta de modificar el convenio colectivo, estando en la oposición, teniendo ahora la oportunidad de refrendar lo que en su día hizo, ahora en labores de gobierno.

Utrera a 14 de marzo de 2016
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