En infinidad de ocasiones, desde UGT hemos tenido que reclamar en el seno del Comité de Seguridad y Salud del Ayuntamiento de Utrera las deficiencias detectadas en materia de seguridad y salud de las personas trabajadoras, para su protección respecto a los riesgos frente a golpes, caídas al mismo nivel, riesgo eléctrico, etc, de todas las dependencias municipales.
No siendo la primera vez que denunciamos estas cuestiones, el resultado salta a la vista: falta de iniciativa, dejadez, sensibilidad, o bien falta de cultura preventiva del propio gobierno municipal. Da lo mismo los colores políticos, las siglas, o las personas que gobiernen; el resultado siempre nos lleva al mismo punto de partida: DENUNCIAS a la Autoridad Laboral por incumplimiento reiterado en esta materia.
Con la salud y seguridad de las personas trabajadoras y los ciudadanos que usan cualquier servicio municipal en las instalaciones municipales no se juega. No hay una dependencia municipal que no cuente con un sin fin de cables colgados y desordenados por las mesas de trabajo, o con cableado aéreo o sueltos por los suelos, conectados a “ladrones” de enchufes para alimentar torres de ordenador, impresoras, calefactores, etc., SIN QUE HASTA LA FECHA HAYAN DADO SOLUCIONES EFICACES que minimicen los riesgos anteriormente descritos, incumpliéndose de manera flagrante el REAL DECRETO 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo.
Cabe recordar que el incumplimiento reiterado en esta materia acabó en un accidente de trabajo ocurrido el pasado 25 de marzo de 2022 en las dependencias de Intervención Municipal, dentro del edificio Consistorial. Dicho accidente provocó que una empleada municipal, a raíz de un tropiezo con unos cables de red eléctrica e informática que se encontraban sueltos por el suelo, sufriese una caída provocándose serios daños en una pierna. Consecuencias del accidente: Traslado en ambulancia al hospital más próximo debido a la gravedad de los daños ocasionados, y posterior baja laboral durante varios meses, con rehabilitación para evitar secuelas.
Por ello, y frente a los reiterados incumplimientos en esta materia, dentro de nuestras competencias y facultades de los Delegados de Prevención en la empresa previsto en el Artículo 36 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales, hemos presentado denuncia ante la Inspección de Trabajo de Sevilla, al objeto de hacer cumplir la ley en la materia que nos compete.