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Blog dedicado a información de interés en el ámbito sindical, para tod@s l@s emplead@s públicos del Ayuntamiento de Utrera.

18 de marzo de 2016

FALTA DE INFORMACIÓN, CONSULTA Y COMPETENCIAS A LOS SINDICATOS


Con fecha 10 de marzo de 2016, recibimos a través de la delegación de RR.HH. a modo de información, la propuesta para el Pleno Extraordinario y Urgente del pasado viernes 11 de marzo, para aprobar la subvención de la Iniciativa Comunitaria del Plan Emplea Joven y Plan 30+. 

Esta propuesta inicial del Ayuntamiento sobre ambos Planes, no están informadas en tiempo y forma al Comité de Empresa, ya que se les ha facilitado la documentación con menos de 24 horas a su aprobación, y por tanto no se cumple lo que establece el artículo 64 del EE.TT. que dice lo siguiente:

Artículo 64. Derechos de información y consulta y competencias. 
1. “El comité de empresa tendrá derecho a ser informado y consultado por el empresario sobre aquellas cuestiones que puedan afectar a los trabajadores, así como sobre la situación de la empresa y la evolución del empleo en la misma, en los términos previstos en este artículo. 
Se entiende por información la transmisión de datos por el empresario al comité de empresa, a fin de que este tenga conocimiento de una cuestión determinada y pueda proceder a su examen. Por consulta se entiende el intercambio de opiniones y la apertura de un diálogo entre el empresario y el comité de empresa sobre una  cuestión determinada, incluyendo, en su caso, la emisión de informe previo por parte del mismo."

En la definición o aplicación de los procedimientos de información y consulta, el empresario y el comité de empresa actuarán con espíritu de cooperación, en cumplimiento de sus derechos y obligaciones recíprocas, teniendo en cuenta tanto los intereses de la empresa como los de los trabajadores.”

Con esto queremos comunicar  a todos los empleados municipales,  la falta de información que de manera sistemática se viene produciendo por este Equipo de Gobierno, habiéndose instalado en la confrontación y en la obstaculización de la labor sindical, que les parece molesta e innecesaria.

Más aún nos indigna, el que se filtren a los medios de comunicación noticias referentes de dichos Planes de Empleo, antes  que los propios sindicatos seamos conocedores de éstas, lo que denota además una clara provocación y abuso de nuestros dirigentes.

Respecto a los Planes que se han aprobado en el Pleno municipal, desde UGT queremos manifestar lo siguiente:

1. No ha sido consensuado con el comité de empresa ni las categorías ni la cualificación de los distintos perfiles de contratación que se requieren en todos los proyectos presentados a ambos planes de empleo. Por lo tanto, no se nos ha dado oportunidad de emitir informe al respecto.

2. Se han designado unilateralmente los grupos de cotización de las distintas categorías profesionales que se contratan en ambos Planes. En todos los casos, se han agrupado en dos grandes categorías, que son el grupo 2 (Ingenieros técnicos, Peritos y Ayudantes Titulados) y grupo 4  de cotización (Ayudantes no Titulados). A modo de ejemplo, un Delineante,  un Programador informático, un Técnico en Informática de Gestión o bien un Administrativo, tendrán las mismas retribuciones que un Peón, una Limpiadora, un Ordenanza o un Mozo de carga y descarga. Todo ello genera una discriminación laboral respecto a la titulación exigible en los distintos puestos. 

3. A este colectivo anteriormente descrito (personal con titulación exigible) se les podía haber agrupado perfectamente en el grupo de cotización 3, con objeto de poder facilitar una retribución más acorde a la titulación.

4. Respecto al personal con discapacidad, si bien en el cómputo global de contratos, se adapta a la normativa vigente, cabe recordar que son dos planes diferenciados por edad de las personas, con más de treinta años y personal joven. Esta situación requiere que el número de contratos de personas con discapacidad sea proporcional a la subvención concedida y al número de trabajadores destinados a cada Plan de Empleo. No entendiendo aún como han formulado “las cuentas de proporcionalidad” este equipo de gobierno, se da la circunstancia que para el Plan 30+ hay destinado 16 puestos de trabajo, y sólo un puesto para el Plan Joven.

5. Para los distintos contratos de personal con discapacidad destinados al Plan 30+, se vuelve a discriminar por categorías profesionales, ya que los 16 contratos íntegramente se corresponden a personal sin cualificación, dejando sin empleo a cualquier demandante mayor de 30 años que no figure en este colectivo, máxime cuando estadísticamente es el demandante de empleo “más sufrido” en las listas del paro. Respecto a los otros grupos profesionales con titulación destinados en este plan de empleo, no figura ningún puesto por discapacidad. Por tanto, se toleran situaciones discriminatorias respecto a la categoría profesional que se contrata, de manera negativa tanto para el personal titulado como para el que no.

6. Todos los contratos que se realizan tendrán una duración de seis meses, siendo ésta una postura muy acertada por el gobierno municipal (todo hay que decirlo) y que desde esta sección sindical estamos en total acuerdo.

Por tanto:

Cabe recordar a este Equipo de Gobierno “de izquierdas”, que de seguir así esa ruta que han marcado de opacidad en la falta de diálogo, información, consulta y respeto sobre todo en las potestades que le confiere a los sindicatos, tanto en sus  derechos reconocidos constitucionalmente así como los recogidos en el Estatuto de los Trabajadores, que pondremos en conocimiento de la Inspección de Trabajo y del Gabinete Jurídico de nuestro sindicato, la vulneración de los Derechos de información y  consulta y competencias así como atentar contra la libertad sindical, con objeto de hacer cumplir la ley en la materia que nos compete.

Utrera a 16 de marzo de 2016

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