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17 de febrero de 2012

Argumentos contra la Reforma Laboral (II)

Cuando decimos que existen decenas de razones para luchar contra la Reforma Laboral aprobada por el gobierno del PP el pasado día 10 no estamos hablando de manera figurada. En mi post de ayer expuse los primeros 20 argumentos. Vamos hoy con los 20 siguientes, que nos llevan a UGT y CCOO en Andalucía a promover la gran manifestación que celebraremos este domingo 19 de febrero en todas las capitales de provincia. Las dividiré en tres apartados: Despido barato y rápido, Negociación Colectiva e Indemnizaciones por despido
DESPIDO BARATO Y RAPIDO

1. Despedir en España ya es mucho más barato. Se abarata hasta un 60 por ciento

2. Abarata el despido improcedente de 45 a 33 días

3. Facilita el despido objetivo, es decir, el "procedente"

4. La indemnización de 20 días se generaliza

5. Inicialmente siempre se despide con 20 días, después entran otras cuestiones. Se cambia el sentido de la prueba y hay que pelear en el juzgado

6. "Por causas económicas" no es lo mismo pérdidas en una empresa que caída de ingresos o ventas (durante tres trimestres consecutivos)

7. Generaliza el despido de 33 días, y sobre todo facilita el low cost de 20 días.

NEGOCIACIÒN COLECTIVA

8. Es un rejón de muerte contra el Acuerdo por el Empleo y la Negociación Colectiva al que llegamos el pasado 25 de nenero con la patronal

9. Debilita el poder sindical en las empresas y, por tanto, el de los trabajadores

10. Reduce el alcance de los convenios colectivos

11. Fulmina la Negociación colectiva de carácter sectorial, es decir, la que afectaba a trabajadores del mismo sector en una provincia por ejemplo aunque trabajaran en distintas empresas

12. Da prioridad o primacía a los convenios de empresa frente a los sectoriales, territoriales o estatales

13. Ahora será necesaria la negociación cuerpo a cuerpo con la empresa, con las dificultades que eso conlleva, sobre todo en la pequeñas empresas

14. Se ha limitado la ultraactividad del Convenio a dos años. Es decir, decae éste si no se negocia en dos años uno nuevo y partimos otra vez desde cero. Salvo pacto en contrario de las partes

15. Han pasado por encima del acuerdo firmado entre sindicatos y patronal

16. Los convenios colectivos sectoriales, que suman la fuerza de muchos y cuentan con el apoyo de los sindicatos, quedan debilitados

17. Facilita el descuelgue del Convenio colectivo, es decir su no aplicación

INDEMNIZACIONES POR DESPIDO
18. En la práctica el despido improcedente desaparece

19. De entrada todos los trabajadores podrán ser despedidos con 20 días de indemnización por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades. Esta es la indemnización que se paga en caso de lo que se llama "despido objetivo por causas económicas". Entre otras razones, puede ser siemplemente por la caída de ingresos y ventas durante tres trimestres consecutivos. Aunque la empresa, el banco, o la multinacional en cuestión sigan ganando dinero. Solo que menos

20. Será el trabajador el que tendrá que recurrir a la Justicia si considera que su despido no está justificado por causas objetivas (económicas o de producción)

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